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Una Liga Profesional de Ajedrez (3): Sociedades Anónimas Deportivas

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Según la críptica circular 31/07 de la FEDA:

La División de Honor 2009 tendrá un sistema de franquicias o derechos, que se reglamentarán oportunamente.

¿En que consiste un sistema de franquicias o derechos? Esencialmente en que se cierra la posibilidad de alcanzar la categoría por méritos deportivos, pues los dueños de las franquicias (o derechos) son los únicos que pueden participar en dicha competición. Ahí tenemos ya una Liga Cerrada. Pero claro, hay que cerrar la Liga según algún criterio objetivo, no vale una simple franquicia, no vale poner el huevo. Para esa separación existe en España un criterio objetivo que es el del Deporte Profesional. Veamos pues que nos dice la Ley del Deporte española sobre el tema.

Lo primero, artículo 8 de la Ley del Deporte:

Son competencias del Consejo Superior de Deportes las siguientes:
e) Calificar las competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal.

En otras palabras, cualquier cerrojazo a la competición necesita de una autorización previa del Consejo Superior de Deportes (CSD), pues mientras no se demuestre lo contrario el deporte tiene carácter amateur. No cabe duda de que nuestros fedanómenos estarán ya en trámites para conseguir esta autorización del CSD, es más, incluso estarán planeando la estrategia para que en el CSD no se rían mucho al ver juntas las palabras profesional y las cantidades monetarias que se manejan en ajedrez. Claro que eso ya lo saben, no en vano el CSD es el principal aportante de fondos a la FEDA en concepto de apoyo al deporte amateur. Porque no olvidemos que las ligas profesionales no pueden recibir subvenciones públicas 😉 Quizá el negocio acabe siendo redondo para todos: uno se montan el cortijo o el pazo o la masía (para no herir susceptibilidades regionales) y otros se ahorran un buen dinerito en subvenciones. Lástima que en las estadísticas de empleo vaya a aumentar el empleo precario y de baja calidad 😉

Sigamos. Artículo 12.2:

Las Ligas son asociaciones de Clubes que se constituirán, exclusiva y obligatoriamente, cuando existan competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal, según lo establecido en el artículo 41 de la presente Ley.

Claro claro, profesionalismo, no puede ser de otra manera. Pero el profesionalismo tiene sus pros y sus contras, leamos el art. 19.1:

Los Clubes, o sus equipos profesionales, que participen en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional y ámbito estatal, adoptarán la forma de Sociedad Anónima Deportiva a que se refiere la presente Ley. Dichas Sociedades Anónimas Deportivas quedarán sujetas al régimen general de las Sociedades Anónimas, con las particularidades que se contienen en esta Ley y en sus normas de desarrollo.

Lógico, cuando se crea una estructura pofesional es porque se persigue un beneficio, y para perseguir un beneficio hay que operar prácticamente como una empresa privada, así que la Ley obliga a convertirse ni más ni menos que en SAD. ¡Que ilusión! Yo, para que no se me acuse de destructor, voy a portar mi granito de arena y cederé unos apuntes y libros que tengo por ahí que hablan de Sociedades Anónimas y de conceptos tales como capital mínimo desembolsado, responsabilidad de los administradores, procesos concursales para empresas en situaciones de crisis y por si acaso hasta de liquidación de sociedades. Bienvenidos al mundo de la legislación mercantil 😉

Vamos a extractar algunos de los artículos siguientes referentes al mágico mundo de las sociedades anónimas deportivas para que no pillen luego a nadie por sorpresa:

Art. 20.2:

Los fundadores de las Sociedades Anónimas Deportivas no podrán reservarse ventajas o remuneraciones de ningún tipo.

El que avisa no es traidor …

Art. 21.1 y 21.2

1. Los criterios para la fijación del capital mínimo de las Sociedades Anónimas Deportivas que en ningún caso podrá ser inferior al establecido en la Ley de Sociedades Anónimas, se determinará reglamentariamente.

2. El capital mínimo de las Sociedades Anónimas Deportivas habrá de desembolsarse totalmente y mediante aportaciones dinerarias.

El capital mínimo es de 60.000 euros, debe desembolsarse íntegramente a diferencia de una SA mercantil normal y otra diferencia es que una SAD sólo puede tener aportaciones dinerarias. Cuando en el futuro comience a haber pérdidas (¿dónde están los ingresos?) no podrán enjuagarse mediante aportaciones no dinerarias sino que habrá que poner el huevo.

Art. 26.2

Sin perjuicio de la aplicación del artículo 200 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en la memoria deberá especificarse, en su caso, la distribución del importe neto de la cifra de negocios correspondientes a las actividades propias de cada sección deportiva de la sociedad.

Madre mía, cifra de negocio y ajedrez juntas en la misma expresión. Como derechos de TV no habrá ¿pensará alguno en vender cromos para obtener ingresos? Mira mira, te cambio un Alberto Andrés por tres San Segundos y cuatro Narcisos, es que ¡Alberto es el difícil de encontrar! (eso me da para otro tema próximamente).

Art. 27

Los créditos por préstamos hechos por los accionistas, consejeros y demás administradores de una Sociedad Anónima Deportiva a favor de ésta tendrán la consideración de subordinados respecto de los demás en los que la sociedad figure como deudora.

En otras palabras, que si has tratado de camuflar tus obligaciones como propietario en un préstamo a tu sociedad, si las cosas van mal serás el último en cobrar tras todos los deudores. ¿Qué a que viene esto? Simplemente que conozco al percal 😉

Más adelante tenemos un art. 41 dedicado exclusivamente a las Ligas Profesionales, no aporta nada que prácticamente no se haya dicho antes o no se suponga:

Artículo 41

1. En las Federaciones deportivas españolas donde exista competición oficial de carácter profesional y ámbito estatal se constituirán Ligas, integradas exclusiva y obligatoriamente por todos los Clubes que participen en dicha competición.

2. Las Ligas profesionales tendrán personalidad jurídica, y gozarán de autonomía para su organización interna y funcionamiento respecto de la Federación deportiva española correspondiente de la que formen parte.

3. Los Estatutos y Reglamentos de las Ligas profesionales serán aprobados por el Consejo Superior de Deportes, previo informe de la Federación deportiva española correspondiente, debiendo incluir, además de los requisitos generales señalados reglamentariamente, un régimen disciplinario específico.

4. Son competencias de las Ligas profesionales además de las que pueda delegarles la Federación deportiva española correspondiente, las siguientes:

a) Organizar sus propias competiciones, en coordinación con la respectiva Federación deportiva española y de acuerdo con los criterios que, en garantía exclusiva de los compromisos nacionales o internacionales, pueda establecer el Consejo Superior de Deportes.

b) Desempeñar, respecto de sus asociados, las funciones de tutela, control y supervisión establecidas en la presente Ley.

c) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos previstos en la presente Ley y sus disposiciones de desarrollo.

Obsérvese la persistencia en lo de competición oficial de carácter profesional, única forma de cerrar una competición para que sea autogestionada por sus integrantes.

Más adelante el art. 46.2 es muy cachondo respecto al tema. Nos habla de que criterios se deben seguir para calificar a una competición como profesional:

Son competiciones oficiales de ámbito estatal aquellas que así se califiquen por la correspondiente Federación deportiva española, salvo las de carácter profesional, cuya calificación corresponderá al Consejo Superior de Deportes.

Los criterios para la calificación de las competiciones oficiales de ámbito estatal podrán ser establecidos en las disposiciones de desarrollo de la presente Ley o, de acuerdo con ellas, en los Estatutos federativos correspondientes.

Serán criterios para la calificación de competiciones de carácter profesional entre otros, la existencia de vínculos laborales entre Clubes y deportistas y la importancia y dimensión económica de la competición.

De la existencia de vínculos laborales ya he hablado en otra ocasión, el profesionalismo en ajedrez dura una semana, pero si el CSD entiende que con eso se cubre el expediente … todo sea por ahorrarse una subvención ¿verdad Lissavetzky? Pero lo de la dimensión económica de la competición … en fin … en el momento actual lo único que tiene dimensión económica es … habrá que mirar bajo la alfombra a ver si se ebncuntra algo porque a la vista, nada de nada.

Pero no perdamos la esperanza, que siempre hay un roto para un descosido y hasta una fuente de ingresos para el desierto de la dimensión económica. Art. 79 sobre sanciones:

c) Las de carácter económico, en los casos en que los deportistas, técnicos, jueces o árbitros perciban retribución por su labor, debiendo figurar cuantificadas en el reglamento disciplinario y en los Estatutos de la Federacion correspondiente. Las sanciones de caracter económico podrán imponerse a todos los que intervienen o participan en las competiciones declaradas como profesionales, debiéndose igualmente proceder a su cuantificación en los reglamentos y estatutos correspondientes, así como en su caso, los de la Liga profesional.

Bueno, al menos las sanciones podrán cobrarse en fectivo y no sólo en tirones de orejas. Algo es algo, igual hasta recaudan lo suficiente para una cena de fin de curso, digooooo de competición.

Pero que no se diga que tiro sólo para un lado. Vamos a girar el teclado y nos vamos al otro bando. No veo nada, absolutamente nada explicitado sobre modelos de competición, deporte profesional o amateur, ligas cerradas … nada. Veo un par de intervenciones referentes a competiciones por equipos en los que se habla de la poca importancia de la competición, quiebras de equipos (no no no, aún no pueden quebrar hasta que sean SAD, y ahora se llama proceso concursal), ausencia de patrocinadores, contrataciones (precarias, eso hay que decirlo también) de estrellas y poquito más. O sea, nada, ni sí ni no sino todo lo contrario. Amador & colaboradores, hay que tener propuestas y contrapropuestas, sobre todo cuando se habla de algo críptico que se va a aprobar al final del mandato de una junta directiva para entrar en vigor en la primera temporada de la nueva, que no se puede decir soy la oposición y punto. Aunque a mí me da que pensar que en algunas cosas si se está de acuerdo con el proyecto agotado, verdad? 😉

Y esto es todo amigos, el próximo día un nuevo capítulo de Liga Profesional de Ajedrez.

Una Liga Profesional de Ajedrez (2)

Hermanos Marx

Partiendo de la nada hemos alcanzado la mas altas cotas de miseria.
— Groucho Marx «Sopa de Ganso» (1933)

Es todo lo que se me ocurre viendo el siguiente extracto de una circular de la Federación de Ajedrez de Freedonia digoooooooo de España 😉 prolegómeno a la creación de la famosa liga profesional.

Circular 29/7 de la FEDA:

Modificaciones en los Campeonatos de España por Equipos de Primera División. CECLUB 2008:

  • Cambio de denominación, pasando a ser Campeonato de España por Equipos de Primera División, Grupo I y Grupo II.
  • Se mantendrá el criterio geográfico, aunque para los 10 primeros equipos del ranking de cada grupo se priorizará la igualdad de fuerzas.
  • Los Campeonatos se jugarán en las mismas fechas.


Modificaciones en el CECLUB 2009:

  • La División de Honor 2009 tendrá un sistema de franquicias o derechos, que se reglamentarán oportunamente.
  • Creación de una nueva división, intermedia entre la División de Honor y la Primera actuales.

  • Los equipos descendidos de División de Honor y los ascendidos de la Primera División 2008, integrarán la nueva categoría en 2009.
  • La Reglamentación se publicará durante el primer semestre de 2008.

Y es que no sé si me gusta más:

  • la división intermedia sin nombre ¿se puede sugerir algo así como División de Deshonor? o División de Quiero y No Puedo?
  • la reglamentación futura que se publicará en el primer semestre de 2008, que supongo que no tendrá nada que ver con las elecciones del segundo semestre de 2008
  • el sistema de franquicias o derechos que se reglamentará oportunamente para la División de Honor; no hace falta, si ya tenemos el reglamento del Monopoly con sus billetitos de papel.

Una Liga Profesional de Ajedrez

Llevo ya mucho tiempo oyendo hablar de ella, pero lo que he oído no hace mucho en Madrid y lo que se puede leer en la editorial de AjedrezND me hace pensar que la idea -bastante desconocida para el común de los mortales y clubes- se encuentra bastante más madura de lo que parece ¿Quizá para estar a punto en un par de años?

Y la idea es muy simple. Mirémonos en el espejo de otros deportes, a ser posible de aquellos que mueven dinero, veamos sus competiciones por clubes y fijémonos que en sus categorías superiores hay una cosa que se llama liga profesional. Olvidémonos de detalles que el ajedrez no comparte con ellas, a bote pronto se me ocurren dos:

  • El Problema del Huevo y la Gallina: ¿Qué fue antes? ¿La Liga Profesional o el dinero? ¿Se financian esas ligas profesionales simplemente de unos pocos organismos oficiales y algún mecenas en rama (en rama, del ramalazo que les da a algunos por meter dinero en ajedrez a espuertas hasta que se acaba y entonces se cierra el chiringuito)? ¿Qué son los derechos de imagen, esos perfectos desconocidos? ¿Paga alguien por ver ajedrez? Peor aún ¿hay alguien dispuesto a pagar por ver ajedrez? ¿Seremos capaces de engañar a 12 entidades para que creen una franquicia?
  • El Milagro de los Peces y los Panes: Como de todo el mundo es sabido Ronaldo, Messi o Kaká juegan durante el año en 6 o 7 equipos, y es que cuando termina la liga española se van a jugar el calcio, la bundesliga, la premier, el torneo de apertura de la plata, etc, nada extraño, creo que Gasol hace lo mismo con la NBA, la ACB y otras cuantas competiciones nacionales más. Luego ya, la Champions, la UEFA o la Copa Libertadores la jugarán con quién quieran, puede que incluso con un equipo de un país en el que no hayan jugado, no importa mucho pues después de todo ¿a quién le importan esas competiciones supranacionales? ¿Quién se toma en serio un deporte con competiciones internacionales que seguro que no tienen ninguna repercusión?

No vendría mal sentar también algún precepto básico que todo buen conocedor del ajedrez siempre tienen en mente: la profesionalidad en ajedrez dura una semana, más o menos el tiempo que dura el campeonato nacional de clubes. Y cuando digamos profesionalidad no tengamos en mente contratos de trabajo de esos que tienen un convenio colectivo y que incluso hasta pasan por la Seguridad Social, pensemos mas en yo te doy X cantidad por una semana que luego justifico en la entidad como unas simultaneas, unas clases, unas conferencias o algún otro sarao. Y es que la dignidad del profesionalismo del ajedrez debe ser tan importante que … no debe haber en España un sólo jugador de ajedrez dado de alta como tal en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.

Sigamos reflexionando, si es que queda mucho sobre lo que reflexionar. En todo este proceso económico profesional vamos a suponer que hay entidades dispuestas a contratar ajedrecistas profesionales, es más, vamos hasta a suponer que hay ajedrecistas que estén dispuestos a que les contraten como profesionales, pero como los de verdad, ¿eh? Como usted y como yo de los que a fin de mes (realmente sería a fin de semana, recordemos un precepto anterior, la profesionalidad dura un fin de semana) contribuyen con su renta generada a mantener el sistema público de pensiones, a aportar una cuota al sistema de desempleo (en toda su carrera profesional, una semana trabajada por año, algunos llegarían a acumular 3 meses de paro) y a contribuir al sistema de redistribución de la renta, esto es, vamos a suponer que el ajedrecista pofesional descubre la diferencia entre bruto y neto. ¿De donde saldrá el dinero para todo este dispendio? ¿Será cierto que el ajedrez podrá ser en España una fuente de creación de empleo? Olvidémonos de los generosos mecenas en rama, que es un modelo de crecimiento que no conviene, queremos mecenas serios. Pero resulta que el concepto de mecenas y mecenazgo sólo se aplica al deporte amateur, lógico, un mecenas aporta por amor al arte (o al ajedrez). Llegamos pues a que necesitamos un capitalista, alguien que esté dispuesto a aportar dinero a la competición profesional de ajedrez para tener sus beneficios, tangibles o intangibles. De los tangibles, esos que se ven en la cuenta corriente, olvidémonos, quitando algunos pocos equipos de fútbol o baloncesto nadie más los debe obtener. Pasemos a los intangibles, alguien está dispuesto a pagar equipos profesionales (y puede que incluso hasta a pagar por organizar o poner su nombre a la competición) por prestigiar su nombre, por asociar su buen nombre al buen nombre del ajedrez. Bien, esto ya lo tenemos sin profesionalidad ¿Pensamos acaso que por decir somos los profesionales van aún a aportar más dinero? Esto merece una reflexión aún «más profunda».

Quizá porque hoy tenga el día gracioso, me haya levantado de buen humor, brille el sol, o simplemente porque vea que nunca enunciaré un gran teorema en el apasionante mundo de la Economía, voy a enunciar un gran teorema en el mundo del ajedrez. O quizá sea una tautología, quién sabe. Yo lo llamaré Teorema de Jesgar, y estoy seguro de que es tan novedoso, tan original, tan reflexionado que a naaaaaadie nunca se le ha ocurrido antes (prepárate Pitágoras, allá voy). Como estos días estoy un poco cansado de ver letras griegas, prescindiré de complicadas deducciones, me ahorraré parámetros y me olvidaré de sesudos espacios vectoriales. Así, el Teorema de Jesgar en su forma más simple quedaría enunciado como:

El ajedrez será profesional cuando en la sala haya más espectadores que jugadores.

Creo que su comprensión está al alcance de todo el mundo que alguna vez haya pisado una sala de juego. Como aplicación práctica podemos observar cualquiera de los CECLUB que este verano se celebran. Creo que podemos desafiar a cualquiera de los cuatro CECLUB a poner a prueba este criterio ¿En algún momento en la sala de juego hubo o habrá, de manera sostenida, más espectadores que participantes? Es más ¿los hubo o habrá incluso de manera puntual? Lanzado queda el guante, y bien que me gustaría equivocarme.

Claro que siempre podemos echar mano de la panacea de esto del interner ese. Y es que nuestras competiciones son tan importantes que las siguen cienes y cienes de personas desde sus casas. Vamos, que a poco que nos pongamos hasta mieles y mieles de personas se pasan varias horas pegadas al monitor siguiendo las partidas. ¿Qué capitalista (¿recordáis? ese personaje mitológico ….) no se va a resistir a semejantes encantos? En otros deportes hay millones de personas siguiéndolos por TV, pero también miles que lo siguen en directo en el lugar de juego (algunos incluso hasta pagan por ver el espectáculo, parece mentira) y que además crean buzz alrededor. Esto del buzz es un moderno concepto de marketing que se refiere a todo lo que rodea a un producto, en el sempiterno ejemplo del fútbol tendríamos las camisetas, los periódicos deportivos, los videojuegos, etc. En ajedrez, creo que hay por ahí alguno que hasta se compra de vez en cuando una revista de ajedrez, incluso me han hablado de ajedrecistas que compran libros. Y es que, aunque pinines los hay por todas partes, cada vez más gente sabe lo difícil que es medir la difusión de un evento en la Red, y todavía hay más que saben lo fácil que es, ya no falsear, sino tergiversar las estadísticas de acceso a los servidores. Y la prueba del algodón no engaña: en la sala hay menos espectadores que jugadores.

¿En que nos queda todo esto de la profesionalidad? En más de lo mismo de lo que tenemos hasta el momento. Mucho me temo que incluso en un deseo de crear dos competiciones distintas, la de los profesionales y la de los aficionados. Dos competiciones para las que los recursos disponibles se repartirán según una lógica marxista: partiendo de la nada habremos alcanzado las más altas cotas de la miseria (Groucho Marx). Una miseria a la que, de nuevo quisiera equivocarme, algunos parecen dispuestos a lanzar el asalto para reservarse la mayor porción del pastel.

Recaudar dinero puede resultar bastante difícil para cualquier actividad, cuando se tiene además entre manos una actividad como el ajedrez que parece que no le gusta ni a los propios ajedrecistas (no asistencia a torneos como espectadores, no participación sin expectativa de premio, no participación en actividades «colaterales» o buzz, etc) resulta ya sumamente difícil por no decir casi imposible. Si algún potencial patrocinador acude a ver alguna de las competiciones se puede llevar las manos a la cabeza y salir corriendo, si ve la capacidad organizativa de pruebas de ámbito internacional se llevará las manos a la cabeza y se irá con la impresión de que el ajedrez es lo que él pensaba: una actividad de cafetería a la altura del tute, parchís o dominó.

Para terminar cuatro apuntes evidentes, que a todos nos asombran de lo obviamente evidentes que pueden llegar a ser, y que comparativamente con otros deportes pueden llegar a doler:

  • No puede haber profesionalidad donde no hay recursos económicos
  • Sólo hay dinero cuando la actividad parece seria
  • Que un jugador pueda participar en distintas competiciones nacionales sólo evidencia dos cosas: que no hay identidad de club y que no hay interés por crear competiciones supranacionales de clubes que se merezcan ese nombre
  • Un cachondeo similar al que existe con las banderas FIDE y la posibilidad de cambiar de selección según sople el viento

Las dos primeras es evidente que todos somos culpables de ellas. Las dos últimas habría que pedirle explicaciones a organismos ajedrecistas a nivel europeo cuando menos. Y de la previsible liga profesional pues le pediremos explicaciones a … quién de la cara para defenderla.