no title

Estimados se?ores:

Puesto que ?sta es mi primera intervenci?n y para que ustedes se hagan una idea de qui?n soy yo, me llamo Calafat.

Soy ajedrecista federado con ELO FIDE, y dentro de mi humildad, tengo m?s de 25 a?os de experiencia y pr?ctica del ajedrez a nivel de Arag?n, fundamentalmente.

Con el nick de Calafat, (el Mojito fue otro nick que tambi?n us?) soy una persona a la que se le han ultrajado los derechos m?s fundamentales en lo referente a la libertad de expresi?n, en el seno de una p?gina web de ajedrez como la que tienen ustedes.

Dicha p?gina se llama Ajedrecista.com y el se?or que la dirije y administra se llama D. Javier Gil Capap?, que es MI. La p?gina en cuesti?n es una p?gina web aragonesa donde adem?s de tratar los temas de mi Comunidad Aut?noma, trata tambi?n temas de ajedrez nacional e internacional.

As? mismo, dicha p?gina trata otros temas que no est?n relacionados con el ajedrez, en otras secciones como ustedes tienen tambi?n.

Les doy el enlace de dicha p?gina que tiene la misma plataforma que ustedes, es decir, la de Invision Power Board:

http://www.ajedrecista.com/foros/

En mi caso concreto, quisiera decirles que estoy expulsado por tercera vez de los foros de ajedrecista.com y donde dicho administrador ?nico, Sr. Gil, (ahora ha puesto moderadores provisionales, eso creo) me habr? borrado como m?s de 30 mensajes m?os y, ?ltimamente los de muchas otras personas tambi?n, de forma inexplicable.

Todo esto, aparentemente sorprendente, no lo es si se tiene en cuenta el conocimiento y an?lisis del comportamiento o actitud de dicho se?or hacia mi persona, de modo totalmente persecutorio e incluso dir?a que invadiendo mi propia intimidad de un modo absolutamente deleznable y con una falta de ?tica y moralidad de l?mites insospechados.

Ustedes pueden comprobar en esa p?gina todas mis intervenciones (en total m?s de 500 mensajes posteados con varios nicks) y las del se?or administrador de esos foros y sacar sus propias conclusiones.

En ellos, participo en temas tanto de ajedrez como en otros que no lo son, como muchos otros miembros hacen. Si bien tengo mi propio estilo de escribir y hago an?lisis cr?ticos sobre temas o cuestiones que son ya pol?micos de por s?, tambi?n soy algo "?cido" cuando hago mis propias valoraciones pero ello no significa que vaya insultando a nadie y de hecho, nunca lo he hecho. Siempre procuro argumentar mis comentarios, est?n o no acertados, y ser dialogante con todo el mundo.

Lo que ahora, con la permisividad y oportunidad que me brindan sus foros, que tambi?n son de ajedrez, quisiera plantearles es que dicho se?or Gil, se agarra a unas normas creadas por ?l mismo y a la vez "teledirigidas" hacia m?. Normas ?stas para el funcionamiento de sus foros y que nunca aplic? durante el tiempo de existencia de dichos foros pero ahora s? lo hace para poder justificar mi tercera expulsi?n de sus foros.

Si bien entiendo que cada foro puede tener sus propias normas de funcionamiento, entiendo que ?stas deben estar conformes con los principios fundamentales en los C?digos de ?tica y Conducta y con las principales Leyes existentes en un Estado de Derecho como es el Estado Espa?ol. Me refiero naturalmente que no vayan en contra de art?culos de la misma Ley de Leyes: La Constituci?n Espa?ola.

Es por ello, que quiero brindarles a ustedes las normas que este se?or Gil tiene en sus foros y que ustedes puedan valorar, para ver si son las m?s apropiadas para un foro de ajedrez como el de ustedes, con la similitud de la misma plataforma de Invision Power Board y adem?s teniendo en cuenta estos principios y leyes fundamentales a los que acabo de hacer referencia.

Pongo textualmente los art?culos de sus normas. He omitido su exposici?n inicial, entendiendo que es una valoraci?n personal. No obstante, ustedes pueden leerla en la secci?n correspondiente del enlace que les he facilitado anteriormente.

Hay un comentario que est? en azul y desconozco si es cierto o no, en relaci?n a lo que dicho se?or Gil dice respecto a que el texto original est? basado en el software de foros de Invision Power Board. Este comentario est? escrito con letra azul.

NORMAS DE AJEDRECISTA.COM:

Estas normas se basan en las normas generales del funcionamiento de cualquier foro. El texto original est? basado en el software de foros creado por Invision Power Board. Si tienes alguna sugerencia para ampliar o mejorar estas normas, gustosamente las tendr? en cuenta.

Normas:

Normas de estos foros

1. EN EL PROCESO DE REGISTRO NO SE ADMITEN CUENTAS DE CORREO GRATUITAS TIPO HOTMAIL, MIXMAIL, LATINMAIL, CANTV, YAHOO, ETC. EN ESTOS FOROS.

1.1 Se admiten cuentas gratuitas si puedes demostrar tu identidad de otra forma, por ejemplo por medio de una llamada tel?fonica, por medio de la recomendaci?n de un usuario ya registrado, etc.

1.2 Est? permitido cambiar tu direcci?n de email a una cuenta gratuita una vez que la cuenta no gratuita haya sido validada.

2. No somos responsables de ninguno de los mensajes que aparecen en estos foros. Ni estamos necesariamente de acuerdo ni garantizamos que el contenido de los mensajes es correcto, completo, veraz, bienintencionado o ?til.

3. Los mensajes expresan los puntos de vista de sus autores, no los de este foro. Cualquier usuario que piense que un mensaje es incorrecto, impropio, que insulta a terceros, etc. deber?a ponerse en contacto con los administradores o moderadores de forma inmediata. Podemos borrar cualquier mensaje que vaya contra las reglas de este foro, y de hecho as? lo haremos dentro de un plazo de tiempo razonable tras la comunicaci?n de esa infracci?n, si es que lo consideramos necesario.

4. Al utilizar estos foros, aceptas que no insertar?s material que sabes de antemano que no es correcto, o que sabes que es falso y/o difamatorio, impreciso, abusivo, insultante, vulgar, molesto, obsceno, amenazador, de orientaci?n sexual, invasivo de la privacidad de las personas o que viole cualquier ley.

5. Tampoco est?n permitidos los mensajes de car?cter pol?tico ni religioso por los problemas que suponen en cualquier comunidad. Hay un enlace sub-foro de pol?tica que puedes utilizar si as? lo deseas.

5.1 S? que est? permitido escribir mensajes sobre pol?tica ajedrec?stica.

6. No est? permitido poner ning?n mensaje que atente contra los derechos de autor a no ser que te pertenezca o que tengas el permiso del autor para publicarlos. Esto incluye art?culos de prensa, fotograf?as o cualquier otro material que est? protegido con copyright.

6.1 Est?n permitidos los enlaces a p?ginas webs que contengan art?culos y/o fotograf?as o gr?ficos que tengan que ver con el asunto tratado.

7. Al usar estos foros aceptas que tus mensajes puedan ser borrados si el administrador del sistema o el moderador considera que pueden ofender a otras personas o que incumplen alguna de las normas que aparecen aqu?.. (a?adido 7 de enero 2005) Estos foros han sido creados para difundir, comunicar y promocionar el ajedrez. El ajedrez es su principal contenido.

7.1 Cuando el administrador o el moderador ha borrado un mensaje, vetado a un usuario temporal o permanentemente, o realizado cualquier otro procedimiento de control de los foros con el que no est?s de acuerdo, el procedimiento a seguir es:

Paso 1- Ponerte en contacto con el moderador o el administrador pidiendo explicaciones.
Paso 2- Si en un tiempo prudencial de 3 d?as no has recibido respuesta o estimas que la respuesta no es convincente, haz uso del foro "quejas" en la secci?n de "subforos".

Cualquier mensaje relativo a la moderaci?n de los foros y los procedimientos de control de los foros que no siga este procedimiento, podr? ser borrado y el usuario avisado de la infracci?n.
(modificado el 16 de enero)

8. Intenta que los mensajes sean constructivos. Las alusiones personales habr?s de resolverlas EN PRIVADO.

9. No est? permitida en estos foros la publicidad que no est? autorizada por el aministrador del sistema, est? o no relacionada con el ajedrez.

10. Estos foros permiten el uso de tama?o de letras grandes en determinadas circunstancias. En el lenguaje de internet, el tama?o grande de las letras suele equivaler a "chillar". Los mensajes que usen el tama?o grande de las letras de forma excesiva pueden ser borrados. (Modificado 8 de diciembre)

11. Al usar estos foros aceptas que estas reglas pueden ser modificadas en el futuro para acoger defectos o necesidades que surjan.

12. Aceptas tambi?n que incurrir en alguna de estas faltas de forma aislada o repetitiva podr?a suponer la suspensi?n temporal o permanente de estos foros.

16 de Enero de 2005.

—————–

Bien. Pues juzguen por ustedes mismos y saquen sus propias conclusiones al respecto…

Agradezco de antemano la oportunidad que me ofrecen de poder plantear estas cuestiones y si fuera menester estoy a su disposici?n para poder responderles cuantas cuestiones les parezcan oportunas.

Reciban un cordial saludo

Comentario (1)

  1. calafat escribió::

    ??ATENCI?N: ESTE MENSAJE HA SIDO BORRADO HOY MISMO EN LOS FOROS DE AJEDRECISTA.COM!!

    ??PARECE QUE HABLAR DE NUESTRA CONSTITUCI?N ESPA?OLA ES CENSURABLE!!

    —————————–

    Aporto el texto de Calafat, que est? relacionado con las normas de estos foros (se ha puesto en negrita lo que realmente se ha podido infringir).

    ART?CULOS DE LA CONSTITUCI?N QUE SE HAN PODIDO INFRINGIR EN LAS NORMAS DE AJEDRECISTA.COM Y EN LA APLICACION DE ?STAS CON RESPECTO A CALAFAT Y OTROS MIEMBROS QUE SE LES HA EXPULSADO EN ESTOS FOROS:

    CONSTITUCI?N ESPA?OLA

    De los derechos y deberes fundamentales
    Art?culo 10

    1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los dem?s son fundamento del orden pol?tico y de la paz social.

    Derechos y libertades
    Art?culo 14

    Los espa?oles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminaci?n alguna por raz?n de nacimiento, raza, sexo, religi?n, opini?n o cualquier otra condici?n o circunstancia personal o social.

    Art?culo 16

    1. Se garantiza la libertad ideol?gica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin m?s limitaci?n, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden p?blico protegido por la ley.

    Art?culo 18

    1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

    3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegr?ficas y telef?nicas, salvo resoluci?n judicial.

    4. La ley limitar? el uso de la inform?tica para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

    Art?culo 20

    1. Se reconocen y protegen los derechos:

    a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducci?n.

    d) A comunicar o recibir libremente informaci?n veraz por cualquier medio de difusi?n. La ley regular? el derecho a la cl?usula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

    2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ning?n tipo de censura previa.

    4. Estas libertades tienen su l?mite en el respeto a los derechos reconocidos en este T?tulo, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protecci?n de la juventud y de la infancia.

    5. S?lo podr? acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de informaci?n en virtud de resoluci?n judicial.

    ——————————-

    ARTICULOS DE LA CONSTITUCI?N QUE SE PUEDEN APLICAR PARA DENUNCIAR LA VULNERACI?N DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES EN RELACION A DICHAS NORMAS:

    De las garant?as de las libertades y derechos fundamentales
    Art?culo 53

    2. Cualquier ciudadano podr? recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el art?culo 14 y la Secci?n primera del Cap?tulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a trav?s del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este ?ltimo recurso ser? aplicable a la objeci?n de conciencia reconocida en el art?culo 30.

    Art?culo 161

    1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicci?n en todo el territorio espa?ol y es competente para conocer:

    b- Del recurso de amparo por violaci?n de los derechos y libertades referidos en el art?culo 53, 2, de esta Constituci?n, en los casos y formas que la ley establezca.

    Art?culo 162

    1. Est?n legitimados:

    b- Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jur?dica que invoque un inter?s leg?timo, as? como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.

    —————————————–

    Ha dicho Calafat que hay suficiente material para poder meter un "puro" a estas normas, si ?stas no se modifican con urgencia y se reparan los da?os ocasionados por la aplicaci?n de ?stas hacia su persona que tambi?n vulneran principios constitucionales.

    MiƩrcoles, 31/Diciembre/1969 a las 19:00 #